Tendrá que decidir qué hacer con sus bienes inmuebles si le deportan. Debe tenerlo muy en cuenta:
- lo que exige la ley y cualquier documento de préstamo o hipoteca (si procede),
- si existen impuestos u otros problemas financieros relacionados con la propiedad, y
- cuál sería la mejor decisión para usted y su familia.
Conservar su propiedad
Puede conservar la propiedad de sus bienes inmuebles aunque le deporten. Sin embargo, si es deportado, debe hacer los arreglos necesarios para que la propiedad sea administrada y debe asegurarse de que se paguen todos los préstamos, impuestos y otros gastos relacionados con su propiedad. Si es posible, puede ser una buena idea designar a una persona de su confianza para que viva en la propiedad y realice todos los pagos necesarios que se deban por la propiedad. En algunas zonas, un agente inmobiliario puede coordinar la gestión (o el alquiler) de la propiedad. Esta es también una buena manera de proteger su propiedad contra intrusos.
Si hay un copropietario, debe hablar con él antes de tomar cualquier decisión relativa a la propiedad. Si el copropietario no corre riesgo de deportación, puede considerar la posibilidad de que gestione la propiedad y sea responsable de realizar cualquier pago relacionado con la propiedad en su ausencia.
Vender o donar su propiedad
Si no puede o no quiere conservar la propiedad, puede venderla o donarla a un copropietario o a otra persona.
Con respecto a estas opciones, si usted pidió dinero prestado a través de un préstamo para comprar su propiedad y hay una hipoteca (o escritura de fideicomiso) sobre la propiedad, el prestamista debe ser consultado sobre todas las acciones y transferencias. En casi todas las circunstancias, el prestamista debe dar su consentimiento a cualquier transferencia. Véase el apartado sobre préstamos e hipotecas.
La venta o donación de la propiedad o de su interés en la propiedad puede dar lugar a impuestos que deben pagar los vendedores y los dadores y receptores de las donaciones. Debe consultar previamente a un asesor fiscal profesional para saber qué método de transferencia es más beneficioso para usted y para el receptor de una donación.
Poder limitado
En cualquier caso, si el tiempo es un problema (e incluso si no lo es), puede ser necesario o conveniente preparar un poder limitado que otorgue a una persona de confianza (como un copropietario, abogado, agente inmobiliario u otro) la autoridad para vender el bien inmueble o trabajar de otro modo con los prestamistas y gestionar la propiedad. Debe consultarse a un abogado o agente inmobiliario al preparar un poder para asegurarse de que cumple los requisitos estatales y se limita únicamente a la autoridad necesaria para transferir el bien inmueble, trabajar con los prestamistas y/o gestionar la propiedad. Consulte el Capítulo 9 sobre Poderes para obtener más información.