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Tipo
Finanzas

Nota: Los inmigrantes indocumentados no tienen derecho a percibir prestaciones de la Seguridad Social ni directamente como trabajadores ni como dependientes o supervivientes. La información que figura a continuación sólo se aplica a los inmigrantes que se encuentran legalmente en EE.UU.

Trabajadores asegurados

Los trabajadores asegurados son todos los inmigrantes individuales que están autorizados a trabajar en EE.UU. y, por tanto, disponen de un número de la Seguridad Social y cotizan a la Seguridad Social mientras trabajan para empresas estadounidenses o filiales extranjeras en determinadas circunstancias.

Si usted es un trabajador asegurado, para tener derecho a percibir prestaciones de la Seguridad Social debe cumplir los siguientes requisitos:

Además, puede recibir prestaciones de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) si cumple los requisitos para ser considerado “extranjero cualificado”, tiene ingresos y recursos limitados y es mayor de 65 años, ciego o tiene alguna discapacidad. Puede obtener más información sobre las prestaciones SSI para no ciudadanos y los requisitos para ser considerado “extranjero cualificado” en la página web de la SSA
ssa.gov/ssi/spotlights/spot-non-citizens.htm.

Prestaciones familiares y personas a cargo

Si usted es un Trabajador Asegurado, las personas a su cargo, por ejemplo su cónyuge o hijo, deben cumplir los siguientes requisitos para tener derecho a percibir prestaciones de la Seguridad Social:

  • Su cónyuge (incluido el ex cónyuge) tiene 62 años o más;
  • Su cónyuge cuida de un hijo menor de 15 años o de un hijo discapacitado (los cónyuges que no han trabajado nunca o tienen ingresos bajos perciben hasta la mitad de la prestación completa de un trabajador jubilado);
  • Algunas relaciones legales no matrimoniales válidas pueden ser subvencionables;
  • Los hijos pueden optar a la ayuda si son solteros, tienen 17 años o menos o entre 18 y 19 años y estudian a tiempo completo sin haber terminado el bachillerato.
  • Cualquier niño con una discapacidad que se haya desarrollado a la edad de 21 años o menos es elegible.

Supervivientes

Si es superviviente de un Trabajador Asegurado, para tener derecho a percibir las Prestaciones de la Seguridad Social, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Si es cónyuge superviviente, debe tener 60 años o más (o 50-59 si es discapacitado), haber estado casado durante al menos 9 meses antes de su fallecimiento y no haberse vuelto a casar antes de los 60 años (o 50, si es discapacitado);
  • Si el Trabajador Asegurado era su ex cónyuge antes de su fallecimiento, debe haber estado casado durante al menos 10 años;
  • Algunas relaciones legales no matrimoniales válidas pueden ser subvencionables;
  • Los menores de 17 años o entre 18 y 19 años que cursen estudios a tiempo completo y no hayan terminado el bachillerato pueden optar a la ayuda.

Cualquier hijo superviviente con una discapacidad que se haya desarrollado a los 21 años o antes.